¿Puedo alquilar mi vivienda de obra nueva justo después de comprarla?

Alguna vez te has preguntado si existe la posibilidad de alquilar una vivienda recién adquirida de obra nueva. La respuesta a esta pregunta es sí. En Zaragoza es legal alquilar una vivienda de obra nueva justo después de comprarla. Sin embargo, es necesario tener en cuenta ciertos aspectos y que se cumplan unos requisitos legales y administrativos específicos.

Requisitos legales y administrativos

  1. En primer lugar, se debe realizar la declaración de obra nueva ante notario (por parte del propietario del terreno o promotor inmobiliario) y se debe registrar la finca en el Registro de Propiedad, para que tenga plena validez legal y fiscal.
  2. Después, es necesario obtener la licencia municipal de primera ocupación emitida por el Ayuntamiento de Zaragoza. Es un documento que garantiza que la vivienda cumple con la normativa urbanística y técnica.
  3. Otro documento indispensable es el certificado de eficiencia energética del inmueble, que hay que presentarlo obligatoriamente si se pretende alquilar una vivienda. Este trámite se realiza ante el Gobierno de Aragón, concretamente ante el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.
  4. Asimismo, el contrato de alquiler que se firme debe regirse por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Esta ley define aspectos clave del contrato como la duración mínima de este, la actualización de rentas o las condiciones de fianza. Para las viviendas de obra nueva se pueden pactar condiciones especiales, siempre y cuando sea por escrito.
  5. Se deben cumplir también obligaciones municipales y fiscales: hay que presentar tasas y posibles bonificaciones correspondientes al IBI (explicación de qué es el IBI y cómo se calcula), basuras y/o por ser vivienda de protección oficial (VPO).

Por último, en las zonas de mercado residencial tensionado (área geográfica donde el acceso a la vivienda es difícil debido a precios elevados o a la falta de oferta en relación con la demanda), la Ley de Vivienda establece límites a las rentas de alquiler. Zaragoza es considerada zona de mercado tensionado, por lo que los incrementos de la renta están limitados al 3% anual. Esto es válido tanto para alquileres de obra nueva como para los ya existentes.

Prohibiciones de la Unión Europea para la venta y alquiler de vivienda a partir de 2030

La Unión Europea ha dictaminado que a partir de 2030 no se podrá vender ni alquilar un piso si no cumplen los requisitos de eficiencia energética que se han decidido en Bruselas. Las viviendas que en 2030 tengan un certificado energético inferior a la letra E, no podrán ser vendidas ni alquiladas. En 2033 volverá a cambiar y ya no se admitirá vender o alquilar las viviendas que tengan un certificado energético con una letra inferior a la D. Esto supone un gran problema para España ya que la gran mayoría de las viviendas se encuentran entorno a las letras E, F y G.

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