La Ley de Propiedad Horizontal fue creada el 21 de julio de 1960 (Ley 49/1960), aunque ha sido modificada en numerosas ocasiones para adaptarse a nuevas realidades (ascensores, accesibilidad, morosos, alquiler turístico, puntos de recarga de vehículos eléctricos, etc.). Su función principal es la de regular la convivencia, organización y gestión de los edificios o conjuntos inmobiliarios que tienen varios propietarios, como los bloques de pisos o urbanizaciones, o lo que es lo mismo, sirve para que los vecinos sepan qué pueden hacer, qué deben hacer y cómo tomar decisiones en común.
Regula la convivencia entre propietarios.
Define qué puede hacer cada propietario en su vivienda, qué gastos debe pagar (cuotas, derramas, mantenimiento) y qué elementos son privados y cuáles son comunes.
Indica cómo debe funcionar la comunidad en las juntas de propietarios y convocatorias de reuniones.
Regula la toma de decisiones para obras o modificaciones en los elementos comunitarios.
Permite reclamar impagos, exigir el cumplimiento de normas y acudir a los tribunales si es necesario.
Si necesitas consultar los artículos de la Ley de Propiedad Horizontal en el BOE, puedes acceder aquí: https://www.boe.es/buscar/pdf/1960/BOE-A-1960-10906-consolidado.pdf


